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Descripción

La Reforma Constitucional Penal de 2008 constituye el cambio de paradigma constitucional en torno a la investigación del delito, tutela judicial y obtención de reparación del daño a favor de las personas consideradas como victimas u ofendidos de hechos que la ley contempla como delitos; pues se establecen excepciones al monopolio de la acción penal por parte del Ministerio Público.
Se creó entonces en el Código Nacional de Procedimientos Penales la llamada “Acción Penal por Particular” con el fin de que se permitiera a todas las víctimas u ofendidos satisfacer principalmente la obtención de la reparación del daño, reclamo principal en los delitos por los que procede la acción penal por particular.